Hacienda, es parte activa de la vida de todos y cada uno de los ciudadanos españoles. Pero en el caso de los autónomos, Hacienda juega un papel todavía más esencial en el momento de supervisar la adecuada colecta de impuestos. Este control, unido al trabajo de cada día de los autónomos puede desembocar en una equivocación, que Hacienda detecte y decida sancionar. Si este momento llega, no todo está perdido, puesto que es algo muy habitual. La meta no puede ser otra que eludir que esto pase, ¡y para eso estamos aquí! En este pequeño artículo, te mostramos cuáles son las razones (más habituales) por el requerimiento de Hacienda y multa a los autónomos. ¿Comenzamos?
Fallos en las declaraciones trimestrales de Impuesto sobre el Valor Añadido e IRPF
Al final de cada trimestre, debemos presentar los modelos trescientos tres y ciento treinta, que corresponden a las declaraciones trimestrales del Impuesto sobre el Valor Añadido y al IRPF. Al final, se termina transformando en algo rutinario y nos relajamos. Esta es una de las razones que nos pueden llevar a fallo y al requerimiento
Si calculamos mal y la cantidad declarada es incorrecta, pueden pasar dos cosas: Que nos hayamos equivocado en favor de la Administración o bien que nos hayamos equivocado a favor nuestro. En el segundo caso es cuando vienen los inconvenientes en tanto que se puede comprender que hemos intentado estafar a Hacienda. Para no distraerte, lleva tu contabilidad a un Gestor y prevé de manera automática los impuestos que te va a tocar liquidar en la próxima declaración trimestral.
¿De qué manera se genera este fallo?
Lo más normal, es que, en el caso del Impuesto sobre el Valor Añadido, hayamos introducido como deducible un gasto que realmente no lo es. Imaginemos que hemos introducido una factura en la que adquiríamos material de oficina, sin darnos cuenta que también hemos comprado en el mismo comercio una mochila escolar para nuestro hijo, cuyo Impuesto sobre el Valor Añadido hemos declarado para deducirlo.
Otra opción, es que hayamos perdido una factura de venta y en consecuencia no la hayamos contabilizado para abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido que hemos conseguido con ella. Como nuestro cliente del servicio si la ha declarado, se genera una incongruencia.
Sanción en el caso de fallo en modelos trescientos tres y ciento treinta
Como resulta lógico, la sanción cambia según el importe del fallo en nuestro favor y de lo grave que Hacienda lo considere. Las sanciones pueden ser de entre un cincuenta por ciento y ciento cincuenta por ciento de valor de lo “defraudado”. Con lo que en el caso de la mochila, y si el Impuesto sobre el Valor Añadido de exactamente la misma eran cinco euros, considerando esta infracción grave (de entre leve, grave y muy grave), la sanción sería de diez euros. Una cantidad absurda, si.
Pero lo que no es absurdo, es que desde este instante Hacienda aceptará que posiblemente lo hayas estado haciendo con otras facturas. Con lo que efectuará una inspección en tu empresa con mucha probabilidad. Las inspecciones, si bien se resuelven sin sanciones, suponen una enorme inversión de tiempo y quebraderos de cabeza. ¡Mejor hacer las cosas bien desde el principio!
Requerimiento de Hacienda por fallos en las facturas
Si cometes un fallo en el formato de tus facturas, en el desglose, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el tipo de Impuesto sobre el Valor Añadido o bien el cálculo del mismo, esto afectará a los impuestos que pagues ese trimestre. Y, nuevamente, si el fallo es en tu favor, hay inconvenientes.
Los fallos más frecuentes en las facturas son los siguientes
* Fallo en la numeración de la factura
* Fallo al calcular el Impuesto sobre el Valor Añadido
* Defecto de forma por no tener el Impuesto sobre el Valor Añadido
separado
* Tipo de Impuesto sobre el Valor Añadido equivocado
Otros errores, como fallos en los datos del usuario, por servirnos de un ejemplo, no acarrean sanción pero es conveniente corregirlos con una factura rectificativa.
Suelen ser los autónomos los que más reciben un requerimiento de Hacienda, dado que en algunos casos casos son empresas de un sñolo individuo, que tiene que hacer frente a todo tipo de trabajos y da lugar a esos errores.
Sanción en el caso de fallo en una factura
Si te confundes en una factura, por cualquiera de los casos precedentes, la sanción es de ciento cincuenta euros.
Presentar declaraciones fuera de plazo
En muchas ocasiones se nos echa el tiempo encima y algo que creíamos que teníamos controlado, termina siendo todo lo opuesto. Pon los pies en el suelo, si hay un plazo, se comprende que no respetarlo trae consecuencias. Esto es de este modo para todos y cada uno de los ciudadanos, con todo tipo de impuestos y multas.
En un caso así, las consecuencias vienen en el que caso de la declaración nos saliese a abonar. Puesto que se comprendería que tratamos de eludir o bien postergar el pago. Si te sale a devolver y se te ha pasado el plazo, sólo debes presentarla cuanto antes. Antes que Hacienda mande un requerimiento, sin más ni más consecuencias. Bien sabes, mejor prevenir que sanar.
Si debemos abonar Impuesto sobre el Valor Añadido ese trimestre y presentamos tarde el modelo trescientos tres, nos enfrentaremos a un recargo en ese caso, no a una sanción. La sanción sólo va a venir, si lo dejamos tanto, que Hacienda nos manda un requerimiento, algo que va a suceder seguramente al concluir ese ejercicio, si bien no hay un plazo fijo. Estos son los recargos aplicables conforme el tiempo de demora.
* Menos de tres meses: Se aplica recargo del cinco por ciento sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido que debas abonar.
* De tres y seis meses: El recargo va a ser de diez por ciento sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido pendiente
* Entre seis y doce meses: Se aplica un recargo del quince por ciento sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido debido
* Más de doce meses: Se aplica recargo del veinte por ciento sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido pendiente, más el 3’75 por ciento de intereses de demora.
¿Cómo reducir los requerimientos de Hacienda?
Decimos reducir, por el hecho de que evitarlas será prácticamente imposible, si de veras has cometido alguno de estos fallos. No obstante, si existe la posibilidad de reducir la cantidad de la sanción, y siempre y en toda circunstancia en el caso de la sanción. Los recargos, no se pueden reducir ni eludir.
Si Hacienda te sanciona puedes admitir tu culpabilidad, declarando que estás conforme con la sanción de Hacienda. De esta manera aceptas que llevan razón. Pero lo ideal, es dejarlo en manos de expertos como https://apfconsultores.es/que-hacer-ante-un-requerimiento-de-hacienda/
Si das por buena la liquidación de impuestos que Hacienda te plantea como adecuada, asumiendo con lo que la que presentaste no es adecuada, reducirás la cuantía de la sanción en un treinta por ciento. Si además de esto no recurres la sanción y la ingresas en el plazo que Hacienda te da, conseguirás un nuevo descuento del veinticinco por ciento. Sobre la cantidad ya rebajada, claro.
Esto ocurre, pues frente a una sanción hay dos cosas que podemos hacer. La primera o sea que no estamos conformes con el cálculo de la liquidación que Hacienda nos plantea. Por el hecho de que tal vez si nos hemos equivocado, pero Hacienda se confunde así mismo al corregirnos. Y esto pasa.
Otra opción, es que no estemos conforme con el hecho de que nos sancionen, pues no haya motivo de sanción. En un caso así la recurrimos. Esto puede pasar con temas poco definidos. Uno de ellos es posible que procuremos deducirnos el Impuesto sobre el Valor Añadido de nuestro turismo nuevo aduciendo que es para el negocio. Algo que va a haber que probar realmente , si no deseamos tener una sanción del tipo de las que hablamos.
Si admitimos todo ello, Hacienda nos hace unos sustanciosos descuentos. Pues lo que quieren es percibir el pago y resolver el tema. Si te hallas en esta situación, ponte en contacto con APF Consultores a fin de que nuestro equipo de gestores especializados, te recomienden antes de tomar ninguna solución.