Ser autónomo en España puede tener muchas ventajas: no tienes que rendir cuentas a un jefe ni hay que regirse por un horario, y puedes administrar tus ingresos como mejor te parezca. Aunque esto último no es tan cierto, pues, aunque seas autónomo, igual estás obligado a pagar impuestos.
Un autónomo en España está obligado básicamente a pagar dos impuestos: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Además, en caso de operar una empresa, el autónomo debe pagar también el Impuesto de Sociedades. Y aunque no se trata de un impuesto propiamente dicho, también debe pagar las contribuciones a la Seguridad Social.
El autónomo en España y el IRPF
Es el porcentaje que se paga al fisco por concepto de ganancias o ingresos netos, una vez que se hayan realizado todas las deducciones. El autónomo España debe pagar el IRPF cada tres meses durante el año fiscal, que comienza en enero y concluye en diciembre.
Los pagos del IRPF deben hacerse en enero, abril, julio y octubre. Cada tres meses debes calcular tus ganancias, restar las deducciones y pagar un 20% sobre tus ingresos netos del trimestre.
Es probable que pagues de más o un poco menos de lo que te correspondía, pero es algo que podrás resolver en tu declaración anual del IRPF, que debes presentar entre mayo y junio, y es donde se ajustan las diferencias que pueden haberse dado en los pagos trimestrales.
Las deducciones
Son los gastos que puedes restar de tus ingresos antes de sacar el porcentaje correspondiente al 20% del IRPF. Para que puedas deducirlos, estos gastos deben estar relacionados con la actividad económica que realizas como autónomo.
En algunos casos, solo podrás deducir un porcentaje de los gastos si estos también incluyen gastos personales. Por ejemplo, si trabajas desde tu domicilio solo podrás deducir un 30% de lo que pagues por servicios como agua, electricidad, gas, internet, etc.
También hay porcentajes similares para los gastos por comida durante el horario laboral o el pago de alojamiento en viajes de trabajo.
En cambio, puedes deducir totalmente los pagos realizados por concepto de insumos o mercancías para tu actividad económica, materiales de oficina, marketing, seguro médico, pago de salarios a empleados o de cursos de formación, entre otros. Si necesitas más información puedes visitar su web o llamar a APF Consultores:
El IVA
En el caso del IVA, el autónomo en España actúa como un recaudador de impuesto, pues debe sumar un 21% más a sus honorarios o al precio del producto que esté comercializando.
Por ejemplo, si vendes un producto en 10 euros, debes sumarle el IVA, por lo que el total sería 12,10 euros, e indicarlo en la factura que entregas al cliente.
Por otra parte, cada vez que haces un pago relacionado con tu actividad económica es probable que también pagues IVA.
Una vez que hayas deducido el IVA que has de la cantidad (con el IVA incluido) que colocaste en tus facturas, deberás pagar la cifra restante trimestralmente, al mismo tiempo que el IRPF, y para los que tendrás los primeros 20 días de enero, abril, julio y octubre.
El impuesto de sociedades y el pago de la Seguridad Social
El impuesto de sociedades se paga cuando has creado una empresa, y se corresponde con un 25% de tus ingresos netos. Sin embargo, el año que se crea una empresa y el siguiente solo es obligatorio pagar un 15%.
El pago de la Seguridad Social no es un impuesto, pero es un pago ineludible que un autónomo debe realizar mensualmente, y que puede oscilar entre los 234,5 y los 510 euros al mes, dependiendo de los ingresos netos.